La Fundación bancaria “La Caixa”, procede a aprobar la tercera convocatoria a las ayudas a la contratación de trabajadores a través de su programa “La Caixa Empleo Joven”

A continuación, detallamos lo más significativo de esta ayuda:

1. OBJETIVO Y REQUISITOS

El objeto de dichas ayudas a la contratación es fomentar el empleo estable y de calidad de las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y cuyos requisitos son:

  • Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil de manera previa a la formalización del contrato.
  • Tener una edad comprendida entre los 16 y 29 años (ambos incluidos) en el momento de la formalización del contrato.
  • No haber trabajado en el día natural anterior al día de inicio del contrato.

2. COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS

Las ayudas establecidas sólo son compatibles con las bonificaciones o las reducciones en las cuotas de la Seguridad Social.Asimismo, también resultan compatibles con las presentes ayudas las exenciones de las cuotas a la Seguridad Social previstas para el caso de los ERTE motivados por la COVID- 19.

3. LÍMITES DE LAS AYUDAS

Se podrán conceder ayudas por un máximo de 10 personas jóvenes por entidad o empresa, sin que se pueda superar el coste salarial de la persona joven contratada correspondiente al periodo subvencionado.

4. CONTRATOS SUBVENCIONABLES

Son subvencionables aquellos contratos que se ajusten a las previsiones del Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo y/o a su normativa específica de aplicación y que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser contratos indefinidos, a tiempo completo, con un periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses.
  • En el caso de personas jóvenes trabajadoras con discapacidad severa, se admiten jornadas parciales de al menos el 50% de la jornada.
  • También se admitirán jornadas parciales en caso de ERTE con reducción de jornada motivado por la COVID-19, durante el periodo en que dicho ERTE se encuentre vigente.
  • No tendrán la consideración de contratos subvencionables los siguientes: contrato para la formación y el aprendizaje, contrato en prácticas, contrato de interinidad, contrato temporal, contrato fijo discontinuo y contrato de puesta a disposición.

5. IMPORTE DE LAS AYUDAS

  • Por cada contrato indefinido subvencionado al amparo de las presentes bases se otorgará una ayuda máxima de 4.800 euros, correspondiente a una cuantía fija de 800 euros mensuales durante los SEIS (6) primeros meses de contrato (periodo de permanencia mínima).
  • En caso de que la duración del contrato subvencionado sea inferior al periodo mínimo de permanencia de SEIS (6) meses, no procederá ningún tipo de ayuda.
  • En el caso de personas trabajadoras con discapacidad severa con contratos a jornada parcial, las ayudas serán minoradas en un 50%.

6. PLAZO DE SOLICITUD

El plazo para la solicitud de las ayudas se inicia 22 de noviembre de 2022 y finalizará el 31 de marzo de 2023 a las 19 horas.

Las ayudas se financiarán por un importe global de 2.100.000 euros. La concesión de las mismas, estará sujeta a la existencia de crédito presupuestario.

Para finalizar, en este despacho nos encontrará a su entera disposición para cualquier duda, aclaración o más información al respecto.

ANTONIO MARÍN

Abogado Ldo. Ciencias del Trabajo. Graduado Social

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