. Si a la hora de vender un bien o prestar un servicio te han solicitado que la factura se expida a nombre de varios destinatarios, estos están en su derecho.

Además, en este caso, en la factura deberá indicarse la proporción de base imponible y cuota repercutida a cada uno, requisito indispensable para que los destinatarios puedan proceder a la deducción del IVA que les corresponda, como indica el artículo 97 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que respecto de los requisitos formales de la deducción, es su apartado cuatro establece lo siguiente:

Cuatro. Tratándose de bienes o servicios adquiridos en común por varias personas, cada uno de los adquirentes podrá efectuar la deducción, en su caso, de la parte proporcional correspondiente, siempre que en el original y en cada uno de los ejemplares duplicados de la factura se consigne, en forma distinta y separada, la porción de base imponible y cuota repercutida a cada uno de los destinatarios.

En desarrollo de este precepto y en idénticos términos se expresa el artículo 14 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, que sobre los duplicados de las facturas indica:

«2. La expedición de ejemplares duplicados de los originales de las facturas únicamente será admisible en los siguientes casos:

a) Cuando en una misma entrega de bienes o prestación de servicios concurriesen varios destinatarios. En este caso, deberá consignarse en el original y en cada uno de los duplicados la porción de base imponible y de cuota repercutida a cada uno de ellos.»

Por tanto, a la hora de justificar documentalmente una entrega de bienes o una prestación de servicios en la que existe más de un destinatario, debemos reflejar a todos ellos en la factura, así como la proporción existente para repartir entre ellos la base imponible y la cuota repercutida correspondiente, que salvo comunicación en contra, será en partes alícuotas.

Esta casuística suele darse en la compraventa de inmuebles o en la prestación de servicios relacionados con los mismos.

¿Alternativa?

Otra alternativa utilizada por los empresarios y profesionales que se enfrentan a esta problemática es emitir tantas facturas como destinatarios haya, dividiendo el importe total entre el número de ellos. Esta forma de actuar puede parecer lógica, sobre todo a la hora de conciliar esta información en los distintos modelos tributarios (347 principalmente) pero no está sustentada en la normativa fiscal.

Fuente: Super Contable

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